Wednesday, October 23, 2024
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La lengua materna como Derecho Humano Colectivo de los Pueblos

“Los derechos lingüisticos son parte del reconocimiento y garantías que deben asumir los estados donde coexisten Pueblos–nacionalidades originarias, como parte del derecho colectivo a la integridad cultural, cuya matriz es la autodeterminación, permitiendo la igualdad, justicia y reparación ante las históricas exclusiones y negaciones por parte de los estados contra quienes tienen una pre existencia en miles de años, cuyo estándar internacional en derechos en el presente es vinculante, siendo obligación moral reconocer y revitalizar las lenguas maternas como un derecho humano”

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La idea de conmemorar el Día Internacional de la Lengua Materna fue una iniciativa originada en Bangladesh, donde surgió un amplio Movimiento por la Lengua Bengalí. Un 21 de febrero de 1952, la policía y el ejército del Estado pakistaní, que ocupaba Bangladesh, abrieron fuego contra la multitud hablante-oyente de tal lengua, que se estaban manifestando por sus derechos lingüísticos en Dhaka (Bangladésh), generándose una masacre.

La Conferencia General de la UNESCO de 1999 lo adoptó como un día oficial y a partir del año 2000 se observó que en diferentes países del mundo se han realizado diversos tipos de manifestaciones. Según la UNESCO, al menos el 43% de las 6.000 lenguas que se estima que se hablan en el mundo están en peligro de extinción. Tan solo unos pocos centenares de idiomas han tenido el privilegio de incorporarse a los sistemas educativos y al dominio público, y menos de un centenar se utilizan en el mundo digital.

Dicho organismo ONU ha señalado: “La diversidad lingüística se encuentra cada vez más amenazada con un mayor número de lenguas que desaparecen. Cada dos semanas, como promedio, una lengua desaparece, llevándose con su desaparición todo un patrimonio cultural e intelectual”.

El uso de las lenguas maternas en el marco de un enfoque plurilingüe ha sido considerado como un componente esencial de la educación de calidad y dicho día se conmemore para reconocer y promover este potencial de las lenguas.

El artículo 13 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas establece que estos pueblos tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus lenguas, tradiciones orales, sistemas de escritura y literaturas. Además, dispone que los Estados adoptarán medidas eficaces para proteger este derecho, incluida la oferta de servicios de interpretación en procedimientos políticos, legales y administrativos. Los artículos 14 y 16 establecen que los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus sistemas educativos y medios de información en sus propias lenguas y a contar con un acceso a la educación en su propia lengua.

Los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas también están garantizados por el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales (n.º 169) de la Organización Internacional del Trabajo. Otros instrumentos internacionales importantes son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos de la niñez, entre otros.

Los derechos lingüisticos son parte del reconocimiento y garantías que deben asumir los estados donde coexisten Pueblos–nacionalidades originarias, como parte del derecho colectivo a la integridad cultural cuya matriz es la autodeterminación, permitiendo la igualdad, justicia y reparación ante las históricas exclusiones y negaciones por parte de los estados contra quienes tienen una pre existencia en miles de años, cuyo estándar internacional en derechos en el presente es vinculante, siendo obligación moral, reconocer y revitalizar las lenguas maternas como un derecho humano.

Según datos oficiales, en América Latina existen actualmente 522 pueblos indígenas que van desde la Patagonia hasta el norte de México, pasando por distintas áreas geográficas como Amazonía, Andes, Caribe Continental, Baja Centroamérica y Mesoamérica. Asimismo cientos son los pueblos y naciones originarias en América del Norte en Estados Unidos y Canadá.

Por su parte, la realidad de Chile de Pueblos y Nacionalidades originarias, también preexistentes en miles a años a la del estado, incluye a: Aymara (transfronterizo), Diaguita (transfronterizo), LikanAntai, Quechua (transfronterizo), RapaNui, kolla o Colla (transfronterizo), Chango, Mapuche (transfronterizo), Chono (no reconocido), kawésqar, Selknam (transfronterizo), Yagan (transfronterizo).

Algunas de estas lenguas ya han desaparecido o están a punto de extinguirse, como la Kunza -LikanAntai, Diaguita, Chango, Chono, kawésqar, Selknam, Yagan.

Extracto del artículo “Por la revitalización de las lenguas originarias como un derecho humano” (Audio)

Imagen de portada: @redmujeresmapuche

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